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Una operación que comercializó tarjetas telefónicas prepagadas ofreciéndoselas a inmigrantes ha aceptado pagar $2.32 millones de dólares como parte de un acuerdo para resolver los cargos presentados por la Comisión Federal de Comercio (FTC, por su sigla en inglés) por efectuar declaraciones falsas a los consumidores sobre la cantidad de minutos de llamadas suministrados por sus tarjetas telefónicas prepagadas.

El acuerdo resolutorio forma parte de un esfuerzo continuo llevado a cabo por la FTC para ocuparse de controlar las prácticas de publicidad y comercialización engañosas de la industria de tarjetas telefónicas prepagadas, que vende tarjetas por un valor de miles de millones de dólares anuales, muchas de las cuales se venden a inmigrantes que dependen de este tipo de tarjetas para llamar a sus amigos y familiares que residen en otros países. Este acuerdo resuelve los cargos entablados por la FTC contra los demandados Millennium Telecard, Inc.; Millenium Tele Card, LLC; Coleccion Latina, Inc.; Telecard Center USA, Inc.; y su directivo principal Fadi Salim.

En mayo de 2011, la FTC presentó una demanda ante la Corte Federal de Distrito de Nueva Jersey, acusando a los demandados de dirigir sus operaciones contra inmigrantes usando tarjetas telefónicas con nombres tales como “Africa Magic”, “Hola Amigo” y “Viva Ecuador”. De acuerdo a los términos de la demanda de la FTC, las tarjetas telefónicas prepagadas de los demandados se venden directamente en internet ofreciéndoselas a los consumidores desde sus propios sitios web. Las tarjetas también se venden en puestos de periódicos y revistas, almacenes de comestibles y tiendas de artículos varios, y en quioscos de todo el país. Además, los demandados son propietarios de tiendas localizadas en Nueva Jersey donde venden las tarjetas telefónicas prepagadas al por menor y al por mayor.

En su demanda, la FTC alegó que los demandados publicitaron ampliamente sus tarjetas telefónicas prepagadas de diversas maneras, entre las que se incluyen la exhibición de afiches en los puntos de venta y anuncios difundidos en internet. En estos anuncios se hicieron prominentes declaraciones referidas a la cantidad de minutos ofrecidos por las tarjetas telefónicas para comunicarse con un amplio rango de puntos internacionales entre los que se incluyen Argentina, Brasil, República Dominicana, Ecuador, México, Pakistán, Polonia, Vietnam, Ghana, Nigeria y El Salvador. Pero la FTC alegó que los consumidores no recibieron la cantidad de minutos anunciados. En una extensa prueba efectuada por la FTC para examinar las tarjetas de los demandados que fue realizada entre agosto de 2010 y marzo de 2011, se comprobó que en promedio, las tarjetas sólo ofrecían el 45% de la cantidad de minutos anunciados. De las 141 tarjetas probadas, 139 – más del 98% – no suministraron la cantidad de minutos anunciados en los afiches exhibidos en los puntos de venta.

Además, la FTC alegó que las tarjetas tenían cargos ocultos, como por ejemplo, “cargos por terminación de llamadas” y cargos semanales. La FTC alegó que este tipo de cargos podían reducir el valor de la tarjeta, aunque se hiciera una llamada de corta duración. Este tipo de cargos estaban declarados en una tipografía diminuta y con términos vagos que eran difíciles de comprender en cualquier idioma.

Además de pagar $2.32 millones de dólares, a los demandados se les prohibirá tergiversar la cantidad de minutos de llamadas que recibirán los consumidores que compren las tarjetas telefónicas prepagadas, y se les exige declarar de manera clara y destacada cualquier cargo o gasto aplicable. Como parte del acuerdo resolutorio, los demandados deben revisar rutinariamente los materiales publicitarios difundidos por sus distribuidores y la cantidad de minutos de llamadas que reciben los consumidores que compran las tarjetas telefónicas prepagadas.

El resultado de la votación de la Comisión para aprobar la orden de consentimiento propuesta fue 4-0. La orden está sujeta a la aprobación de la corte. La FTC presentó la orden de consentimiento propuesta ante la Corte Federal de Distrito para el Distrito de Nueva Jersey.

NOTA: Esta orden de consentimiento se expide únicamente con fines de acuerdo y no constituye una admisión de la violación de la ley por parte del demandado. Las órdenes de consentimiento adquieren fuerza de ley cuando son aprobadas y firmadas por el Juez de la Corte de Distrito.

La Comisión Federal de Comercio (FTC, por su sigla en inglés) trabaja en favor del consumidor para la prevención de prácticas comerciales fraudulentas, engañosas y desleales y para proveer información para ayudar a los consumidores a identificar, detener y evitar dichas prácticas. Para presentar una queja, use el Asistente de Quejas de la FTC o llame sin cargo al 1-877-FTC-HELP (1-877-382-4357). La FTC ingresa las quejas presentadas por los consumidores a una base de datos segura llamada Centinela del Consumidor que es utilizada por más de 2,000 agencias de cumplimiento de las leyes civiles y penales en los Estados Unidos y del extranjero. El sitio web de la FTC provee información gratis sobre una variedad de temas de interés de los consumidores. Siga a la FTC en Twitter.

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